Hacienda va a liberar el IVA a todos los promotores que sean capaces de demostrar que los inmuebles que tienen en alquiler su destino final se la venta de mismo y el alquiler sea simplemente un paso previo a la compra final.
Eduardo Verdún responsable de IVA de la dirección de tributos en neg-ocio.com lo ha anunciado. Hoy por hoy los promotores no pueden deducir el IVA en los alquileres con opción de compra, porque se consideran autoconsumo. Pero esto se queda atrás con la nueva doctrina que hacienda tiene entre manos, facilitando a los promotores poder justificar que los pisos como objeción final tienen la compra del inmueble y que el hecho de que los pisos estén alquilados es solo un paso previo como promoción del piso, así no serán autoconsumo y en consecuencia no pagaran el IVA pertinente.
Ya sé que todos tenemos la gran pregunta; ¿Que pasa si el piso no llega a comprarse?
Bien la cosa es muy sencilla, cuando un inquilino entre a vivir en el piso no se agotara la primera entrega y si se va el inquilino pasara exactamente lo mismo hasta que llegue el inquilino que esté dispuesto a comprar la vivienda y por consiguiente el IVA sigue siendo deducible para el promotor.
Las cosas cada vez se ponen más fáciles para los usuarios que quieran alquilar y tengan la opción de alquilar, porque para los promotores no supondrá ningún problema y así dar un respiro al ámbito inmobiliario. Ya sabemos que hace poco tiempo Hacienda rebajo el IVA para los alquileres con opción de compra, del 16% al 7% y del 7% al 4% en los casos de los inmuebles de protección oficial.
Así pues porque no alquilar un piso cuando las cosas están cada vez más fáciles, porque volverá el ladrillazo en cuando el país se recupere y si las cosas van lo suficientemente bien porque no comprarlo y tener una vivienda digna y de propiedad.
